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Procurador acata orden de rectificación de la Corte Constitucional, pero advierte que pedirá su nulidad

19 de Septiembre de 2012

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Nota:
25956

El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, anunció que pedirá la nulidad de la Sentencia T-627 del 2012, en la que la Corte Constitucional le ordenó rectificar su posición  y sus directrices sobre el aborto y la llamada píldora del día después.

 

“Quiero anunciar al país que el día de mañana presentare ante la Sala Plena de la Corte Constitucional  un incidente de nulidad para que invalide la sentencia de la Sala Octava de la Corte Constitucional por encontrar inconsistencias en su contenido”, señaló el funcionario.

 

El jefe del Ministerio Público ratificó en sus cargos a las procuradoras delegadas Ilva Myriam Hoyos y María Eugenia Carreño, quienes habían presentado su renuncia, tras conocer la sentencia de la Corte.  

 

“El Procurador y sus delegadas no han mentido. No hemos faltado a la verdad, ni hemos manipulado información alguna. La Procuraduría habla claro y de frente. Además, el país debe estar tranquilo, porque el Procurador es respetuoso del ordenamiento jurídico”, señaló Ordóñez.

 

El funcionario insistió en que le pedirá al Consejo de Estado que revise lo antes posible el acatamiento de la providencia que suspendió el Decreto 4444 del 2006, por medio del cual se reglamenta la aplicación de la interrupción voluntaria del embarazo.

 

Finalmente, señaló “que el debate no ha terminado”, y que la discusión científica y jurídica sobre el aborto continuará en los tribunales.

 

La rectificación

En su rectificación, el jefe del Ministerio Público indicó que las campañas masivas de promoción del aborto como derecho, a las que se había referido, deben entenderse como “campañas masivas de promoción de los derechos sexuales y reproductivos”, de acuerdo con la nota número 56, página 180, de la parte considerativa del fallo de tutela.

 

Sobre la píldora del día después, aclaró que en Colombia, “la anticoncepción oral de emergencia no tiene carácter abortivo, sino anticonceptivo” y que su uso no está restringido a las hipótesis despenalizadas de aborto. Además, afirmó que las mujeres que hacen uso de ella fuera de las causales despenalizadas “no incurren, en ningún caso, en el delito de aborto y hace parte de los servicios de salud reproductiva que las mujeres colombianas pueden libremente elegir”.

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