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General


Ley 617 no reguló íntegramente causales de pérdida de investidura

La Sección Primera del Consejo de Estado reiteró que las demás normas relacionadas con el tema no están derogadas.
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19 de Diciembre de 2012

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La Sección Primera del Consejo de Estado reiteró que la Ley 617 del 2000 no reguló íntegramente las causales de pérdida de investidura, por tanto, las demás normas relacionadas con el tema no están derogadas.

 

En ese sentido, señaló que dicha normativa solo reformó parcialmente el Código de Régimen Municipal y, además, buscó fortalecer el régimen de inhabilidades e incompatibilidades de concejales y diputados, al ampliar las causales de pérdida de investidura.

 

En cuanto a la inhabilidad para ser concejal por ser empleado público municipal en los 12 meses anteriores, se requiere acreditar esta calidad y el ejercicio de jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar o la intervención como ordenador de gasto en la ejecución de recursos de inversión o celebración de contratos, explicó.

 

(C. E., Secc. Primera, Sent. 76001233100020110176901 (PI), oct. 10/12, C. P. Marco Antonio Velilla)

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