General
Juez de tierras dicta medida cautelar a favor de comunidades negras del Pacífico
16 de Noviembre de 2012
La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura informó que el Juzgado Primero Civil de Restitución de Tierras de Tumaco decretó una medida cautelar a favor de las comunidades afrodescendientes de Nariño, consistente en la suspensión de todos los procesos judiciales que se adelanten sobre 46.000 hectáreas de tierra, las cuales son reclamadas por 42 comunidades negras del pacífico colombiano, integradas por 1.240 familias y 6.271 personas.
La medida ordena suspender todo proceso judicial que recaiga sobre el territorio del Consejo Comunitario Bajo Mira y Frontera, en Nariño, en los límites con Ecuador.
“La comunidad ha sido documentada como víctima por diversos informes de la Defensoría del Pueblo, organizaciones sociales y además ha sido objeto de órdenes de protección por parte de la Corte Constitucional en la Sentencia T-025 de 2004 (Auto 5 de 2009)”, señaló la Sala.
La medida cautelar suspende el cumplimiento de las sentencias y de los desalojos que habían sido ordenados por el Juez Primero Civil del Circuito de Tumaco, dentro de los procesos adelantados por Palmas de Tumaco S. A., hasta que el Incoder clarifique la situación de los linderos.
Vale la pena recordar que, el mes pasado, el Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de El Carmen de Bolívar (Bolívar) profirió la primera sentencia que ordena devolverles la tierra a sus anteriores ocupantes, adjudicarles territorios baldíos y formalizar sus títulos de propiedad.
El juzgador recordó que las víctimas del desplazamiento forzado tienen el derecho a la restitución y explotación de la tierra de la cual fueron expulsadas por situaciones de violencia que no estaban obligadas a soportar.
A estas personas solo se les pidió la prueba sumaria de la propiedad, posesión u ocupación y el reconocimiento como desplazadas en el proceso judicial, para trasladar la carga de la prueba a quienes se opongan a la pretensión.
Opina, Comenta