General
Jueces deben usar su poder discrecional en materia probatoria, para conocer la verdad
15 de Diciembre de 2011
Los jueces y los magistrados deben usar la facultad discrecional de decretar pruebas de oficio en cualquier instancia, para evitar la injusticia y obtener la verdad, advirtió la Sección Segunda del Consejo de Estado.
En sentencia de tutela del 3 de febrero pasado, publicada recientemente, el Consejo aclaró que el sistema procesal colombiano no es estrictamente dispositivo. Por lo tanto, los jueces deben adoptar las medidas necesarias para esclarecer los hechos.
La corporación invocó la jurisprudencia de la Corte Constitucional y recordó que el decreto de pruebas de oficio no afecta la imparcialidad del funcionario, que puede decretar las que favorezcan a cualquiera de las partes, siempre y cuando se garanticen los derechos de defensa y contradicción.
En el caso analizado, la Sección dejó sin efectos un fallo proferido por el Tribunal Administrativo del César, que le negó una acción de reparación directa a una demandante que alegaba ser la compañera permanente de una persona fallecida en un operativo realizado por el Ejército. Según el alto tribunal, la autoridad judicial no usó su potestad oficiosa e inquisitiva para establecer la verdad sobre la condición de compañera permanente.
(C. E., Secc. Segunda, Sent. 11001031500020100095101 (AC), C. P. Víctor Hernando Alvarado, feb. 3/11)
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