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General


Gobierno puede hacer reducciones o aplazar apropiaciones de entidades que tienen autonomía presupuestal

15 de Abril de 2011

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Nota:
28795

El Gobierno puede reducir o aplazar las apropiaciones de las entidades que gozan de autonomía presupuestal, por motivos de prudencia fiscal o por razones de orden macroeconómico, mediante la imposición de condiciones especiales a la asunción de nuevos compromisos u obligaciones.

 

Con este argumento, el Consejo de Estado negó la nulidad de los artículos 1° y 2° del Decreto 1086 de 1997, en los que se condicionó la asunción de nuevos compromisos a través de contratos de prestación de servicios por parte de las entidades públicas.

 

El demandante argumentaba que estas disposiciones no se le podían aplicar a la Contraloría General de la República, pues, como ente autónomo, vería afectada su capacidad de distribución y ejecución de recursos. El consejo aclaró que aunque la Contraloría es autónoma y ejerce una función pública de control fiscal, no es una ínsula de la organización estatal.

 

En esa medida, advirtió que la autonomía administrativa y presupuestal debe ejercerse en concordancia con la ley orgánica del presupuesto. De igual forma, aclaró que la independencia del ente de control se predica únicamente del cumplimiento de la función constitucional asignada.

 

(C. E., Secc. Tercera, Sent. 11001032600019971385700 (13857), mar. 10/11, C. P. Ruth Stella Correa Palacio)

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