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Gobierno firma decreto-ley que elimina más de 1.000 trámites
10 de Enero de 2012
El presidente Juan Manuel Santos firmó ayer martes el Decreto-Ley 19 del 2012, que suprime cerca de 1.000 trámites, con base en las facultades extraordinarias otorgadas por el Estatuto Anticorrupción (L. 1474/11).
Durante la presentación de la norma, el mandatario insistió en que solo se exigirán los trámites estrictamente necesarios, en cumplimiento del artículo 83 de la Constitución Política, que presume la buena fe en las actuaciones de los particulares frente a las autoridades públicas.
En ese sentido, la disposición, de 237 artículos, enfatiza que cualquier diligencia que se deba adelantar ante las autoridades será sencilla y sin complejidad.
Inicialmente, es necesario aclarar que el decreto se aplicará principalmente a los organismos de la administración pública, pero también a los particulares que ejerzan funciones públicas.
De la norma se destacan la eliminación del pasado judicial, de los certificados de supervivencia y de las declaraciones extrajuicio para resolver peticiones ciudadanas ante entidades públicas.
También se impide exigir como requisito previo para obtener una decisión administrativa la interposición de una acción judicial, solicitar documentos que reposen en la entidad y comprobar pagos anteriores a la administración.
Las autoridades tampoco podrán rechazar solicitudes por errores de ortografía, mecanografía o aritméticos. Además, se suprime el requisito de la huella dactilar en todo documento, trámite o actuación.
Los colombianos residentes en el exterior también se beneficiarán, pues el certificado de supervivencia que se exige para el reconocimiento de prestaciones del Sistema de Seguridad Social se actualizará cada seis meses. En Colombia, dicho requisito se elimina, a partir de julio.
Respecto a los registros civiles de nacimiento y defunción, las notarías deberán expedirlos en los hospitales y clínicas, utilizando mecanismos electrónicos de obtención de la huella dactilar.
No más autenticaciones
Uno de los trámites más criticados por los colombiano eran las autenticaciones. El Gobierno lo eliminó para los actos de funcionarios o particulares con funciones administrativas. Los documentos privados también se presumirán auténticos, excepto los relacionados con poderes especiales y las actas de las asambleas de accionistas, juntas de socios y los que deban registrarse ante las cámaras de comercio.
Todos los formularios serán gratuitos
En adelante, los formularios que las entidades exijan para sus trámites serán gratuitos y deberán estar disponibles a través de mecanismos electrónicos. El decreto otorga tres meses de plazo para cumplir con esta orden.
Por otra parte, cuando un ciudadano pierda sus documentos, no se le exigirá la denuncia por pérdida para el trámite del duplicado.
Aunque el destinatario principal de estas medidas son las entidades públicas, el Gobierno instruyó a las superintendencias para que insten a sus entidades vigiladas a no exigir más requisitos de los necesarios.
Si una entidad quiere establecer un trámite, deberá someterlo a consideración del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Por sectores, entre las medidas incluidas en el decreto antitrámites, se destacan las siguientes:
Sector salud
- El empleador, y no el empleado, le solicitará a la EPS las certificaciones de incapacidades por enfermedad general y licencias de maternidad o paternidad.
- Desde el 2013, los colombianos sólo necesitarán su documento de identidad para acceder a los servicios de salud.
- La asignación de citas médicas y de odontología no podrá superar los tres días.
- Las historias clínicas que conserven las entidades en liquidación deberán entregarse a los usuarios, en un plazo máximo de dos meses.
- Las reclamaciones o cualquier cobro con cargo a los recursos del Fosyga se deberán presentar ante el mismo fondo en el término máximo de un año.
- Las EPS verificarán el cumplimiento de los requisitos de los beneficiarios que estudien y estén entre los 18 y los 25 años de edad.
- La publicidad de bebidas alcohólicas no requerirá autorización previa por parte del Invima.
- El tiempo de entrega de los medicamentos se reduce a 48 horas.
Contratación pública
- Se deroga la Ley 598 del 2000, que creó el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal (SICE).
- A partir del 1º de junio, los contratos estatales se publicarán en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop). En consecuencia, se elimina el Diario Único de Contratación.
- Se elimina la publicación de las convocatorias a licitación. En adelante, se informará mediante tres avisos, en la página web de la entidad contratante y en el Secop.
Tributario
- Los actos administrativos enviados por correo que sean devueltos deberán publicarse en el portal web de la DIAN, para que el usuario los pueda consultar. Esto mismo ocurrirá con las notificaciones mediante aviso, cuando no sea posible establecer la dirección del responsable.
- A partir de 1º de julio, la información contenida en el Registro Único Tributario será compartida con las entidades públicas y los particulares con funciones públicas.
Laboral y seguridad social
- Las declaraciones extrajuicio se eliminan para los trámites que se adelanten ante las cajas de compensación familiar.
- Los pensionados cuya mesada no exceda de dos salarios mínimos no estarán obligados a mantener saldo en su cuenta bancaria.
Servicios públicos
- Si se resuelve a favor del usuario una solicitud de reconexión de un servicio público domiciliario, el tiempo máximo para tener de nuevo el servicio será de 24 horas.
- Se les prohíbe que las empresas de servicios públicos presten el servicio sin la autorización expresa del arrendador.
Derechos de autor
- Se crea la ventanilla única para la obtención de licencias y pago de derechos de autor, para autorizar el funcionamiento de establecimientos que reproduzcan cualquier tipo de obra artística.
- Se elimina el trámite de la licencia de traducción de obras extranjeras ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
Relaciones exteriores
- Desde el primero de julio, los trámites de apostillaje se podrán solicitar mediante correo postal. La presentación personal del solicitante fue eliminada.
- Los ciudadanos extranjeros podrán registrarse a través del Sistema Nacional de Registro de Extranjeros, en la página web de Migración Colombia. La condición migratoria se podrá solicitar a través de esta misma página.
- Se crea el permiso temporal de permanencia para extranjeros que ingresan a Colombia como visitantes o para los que necesitan aclarar situaciones administrativas o judiciales. El plazo será de 90 días.
Administración de justicia
- Cuando el poder otorgado por una escritura se revoque en una notaría distinta a la original, el notario que lo autorice deberá comunicárselo a su colega. La misma regla se aplicará para las cancelaciones de hipoteca.
- Las actas de conciliación no requerirán ser elevadas a escritura pública.
Defensa nacional
- El certificado judicial que expedía el DAS se suprime definitivamente, por lo tanto, no se deberá presentar documento alguno para certificar antecedentes judiciales. El Ministerio de Defensa quedó obligado a desarrollar un sistema de consulta en línea para acceder a la información de antecedentes.
- La misma cartera tendrá un plazo de dos años para definir un servicio en línea que les permita a los ciudadanos consultar el estado de su situación militar y cancelar el valor de su cuota de compensación.
Comercio exterior
- A partir del 31 de mayo, las entidades participantes en la Ventanilla Única de Comercio Exterior deberán resolver las solicitudes de importación del régimen libre en un término no superior a dos días hábiles.
- Además, deberán resolver las solicitudes de importación del régimen de licencia previa en un término no superior a tres días.
Tránsito y transporte
- La revisión técnico mecánica para vehículos particulares nuevos se hará a partir del sexto año de matrícula. En la actualidad, se realiza a partir del segundo año.
- Las multas de tránsito se podrán pagar en cualquier lugar del país y no solo en el sitio donde se cometió la infracción.
- Los exámenes sicotécnicos para sacar la licencia se podrán realizar en una IPS, lo que disminuiría su costo.
- Las licencias de conducción para vehículos de servicio particular tendrán una vigencia de 10 años para conductores menores de 60 años de edad; de cinco años, para personas entre 60 y 80 años, y de un año, para mayores de 80 años.
- La renovación de las licencias no podrá durar más de 24 horas.
(Presidencia de la República, Decreto 19, ene. 10/12)
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