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Gobierno expide decreto para protección de sobrevivientes de la Unión Patriótica

12 de Octubre de 2012

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Nota:
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Con el Decreto 2096 del pasado 11 de octubre, el Gobierno unificó el programa especial de protección para dirigentes, miembros y sobrevivientes de la Unión Patriótica (UP) y el Partido Comunista Colombiano (PCC).

 

La medida obedece a la obligación de garantizarles protección  integral a las  personas  que  se encuentran  en  situación  de  riesgo  extraordinario  o  extremo  como  consecuencia de  actividades  o  funciones  políticas,  públicas,  sociales  o humanitarias o en razón al ejercicio de su cargo.

 

El decreto se expidió 25 años después del asesinato del candidato presidencial de la UP Jaime Pardo Leal, y durante la séptima conmemoración del Día Nacional por la Dignidad de las Víctimas del Genocidio Contra la Unión Patriótica.

 

Según el ministro del Interior, Fernando Carrillo Flórez, la expedición de la norma le da cumplimiento a la solicitud de adoptar medidas cautelares para salvaguardar la vida de los miembros, militantes, sobrevivientes y dirigentes de esas organizaciones, hecha por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en el Caso 11.227.

 

En un comunicado de prensa difundido por el Ministerio, se informó que el Gobierno busca una solución amistosa, asumiendo el compromiso de poner en marcha el programa especial de protección.  

 

La  implementación de las medidas estará a cargo de la Unidad Nacional de Protección, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional y demás autoridades de los niveles territoriales, de acuerdo con sus competencias y capacidades institucionales, administrativas y presupuestales.

 

Antecedente

Desde el 23 de octubre de 1992, la CIDH le ha solicitado al Gobierno implementar medidas cautelares para proteger a dirigentes  y miembros de la UP.

 

En el ámbito nacional, el Decreto 978 del 2000 creó el programa especial de protección, con el fin de atender los requerimientos de quienes se encuentren amenazados por su vinculación ideológica o partidista con tales agrupaciones.

 

Posteriormente, el Decreto 2958 del 2000 adicionó unos criterios específicos para los esquemas de protección asignados a la población beneficiaria, como apoyos de transporte, vivienda, realización de talleres para el fortalecimiento organizativo de las víctimas y apoyo para su rehabilitación física y psicológica.

 

Por último, el Decreto 4912 del 2011 dispuso que son objeto de protección en razón al riesgo los dirigentes, miembros y sobrevivientes de la UP y el PCC.

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