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Actualizado hace 9 minutes | ISSN: 2805-6396

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Funcionarios no deben soportar cargas que competen a las autoridades administrativas

11 de Abril de 2011

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Nota:
28829

El Consejo Superior de la Judicatura tuteló el derecho a la igualdad y al trabajo en condiciones dignas y justas de una juez de Manizales a la que le cancelaron sus vacaciones por no existir una persona que la remplazara.

 

En la decisión, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria señaló que las autoridades administrativas deben garantizarles a los funcionarios judiciales la designación de otro servidor de la Rama o de un tercero que reúna los requisitos para remplazarlo, sin que el trabajador deba someterse a trámites dispendiosos que afecten su derecho fundamental al descanso.

 

Según la Sala, a los funcionarios no les corresponde soportar cargas que son competencia de las autoridades administrativas. Estas, en cambio, tienen la obligación de concederles, en el momento oportuno, su derecho a las vacaciones, para lo cual deben planificar con tiempo la correspondiente disponibilidad presupuestal.

 

Así mismo, añadió que cuando se trata de trámites administrativos, son las autoridades encargadas de planificar las vacaciones de los funcionarios judiciales las encargadas de superarlos, de tal manera que, cumplidos los requisitos, puedan disfrutar de ese derecho sin que se presenten traumas.

 

“El derecho al descanso debe entenderse como la oportunidad que se le otorga al empleado para reparar sus fuerzas intelectuales y materiales, para proteger su salud física y mental, para compartir con su familia mayores y mejores espacios de encuentro fraternal”, agregó la Sala.

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