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Fijan niveles máximos de contaminantes en alimentos destinados a consumo humano

06 de Noviembre de 2013

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Nota:
22687

Por medio de la Resolución 4506, el Ministerio de Salud estableció los niveles máximos de contaminantes que se aplicarán a los alimentos y materias primas destinados al consumo humano en todo el territorio nacional.

 

La norma define como contaminante cualquier sustancia no añadida intencionalmente que esté presente como resultado de la producción, fabricación, elaboración, preparación, tratamiento, envasado, empacado, transporte o almacenamiento del alimento, o como resultado de la contaminación ambiental. El término no abarca fragmentos de insectos, pelos y otras materias extrañas.

 

Los residuos de plaguicidas, de medicamentos veterinarios y de coadyuvantes de elaboración se exceptúan de esta definición, así como los contaminantes presentes en los alimentos que afecten la buena calidad del pro­ducto, pero no su inocuidad.

 

Con el fin de mantener actualizados los niveles máximos de contaminantes, la cartera de Salud los revisará, en un término no mayor a cinco años, de acuerdo con los desarrollos técnicos, o antes, si se detecta que las causales que motivaron su expedición fueron modificadas o desaparecieron.

 

La norma empezará a regir en seis meses, contados a partir de la fecha de su publicación (30 de octubre del 2013).

 

(Ministerio de Salud, Resolución 4506, nov. 5/13)

 

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