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Esta es la ley que elimina el grado de teniente general dentro de las Fuerzas Armadas

12 de Julio de 2016

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El Gobierno sancionó la semana pasada la ley que modifica algunos artículos de los decretos 1790 y 1791 del 2000, los cuales, a su vez, habían sido modificados por la Ley 1405 del 2010, para eliminar el grado de teniente general.

 

En concepto del Ministerio de Defensa, resultaba inconveniente continuar con dicho grado, por cuanto su existencia conllevaba la ampliación de la estructura piramidal de las fuerzas militares y de Policía Nacional, lo cual no es acorde con las necesidades actuales del país.

 

Así las cosas, la jerarquía y equivalencia de oficiales y suboficiales, para efectos de mando, régimen interno y disciplinario y justicia penal militar será: Ejército a) oficiales generales (general, mayor general y brigadier general); b) oficiales superiores (coronel, teniente coronel y mayor) y oficiales subalternos (capitán, teniente y subteniente).

 

En el caso de los suboficiales: Ejército a) sargento mayor de comando conjunto; b) sargento mayor de comando; c) sargento mayor; d) sargento primero; e) sargento viceprimero; f) sargento segundo; g) cabo primero; h) cabo segundo y i) cabo tercero.

 

Estos grados y jerarquía del Ejército se aplicarán también a los oficiales y suboficiales del cuerpo de infantería de marina de la Armada Nacional.  

 

Los tiempos mínimos de servicios en cada grado para ascender al inmediatamente superior será, por ejemplo, subteniente o teniente de corbeta cuatro años, teniente o teniente de fragata cuatro años, capitán o teniente de navío cinco años; mayor o capitán de corbeta cinco años, teniente coronel o capitán de fragata cinco años, coronel o capitán de navío cinco años, brigadier general o contraalmirante cuatro años y mayor general o vicealmirante cuatro años      

 

Congreso de la República, Ley 1792, Jul. 07/16

 

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