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General


Edificios judiciales deben adecuarse para el acceso de las personas con discapacidad

Antes, se habían ordenado ajustes arquitectónicos en entidades del Ejecutivo. Ahora, el turno es para los edificios en los que se imparte justicia.

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15 de Septiembre de 2011

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Un litigante con discapacidad física llega tarde a una audiencia penal en el Complejo Judicial de Paloquemao, uno de los más grandes y concurridos de Bogotá.

 

Su tardanza es ocasionada por las dificultades de acceso a la edificación. Sin ascensores, sin rampas y sin personal de auxilio habilitado para la atención de estas personas. Así es Paloquemao. Por llegar tarde a la audiencia, el abogado es reprendido por jueces y fiscales.

 

Al constatar esta situación de desajustes arquitectónicos y de indolencia de los funcionarios judiciales, la Corte Constitucional le ordenó al Consejo Superior de la Judicatura invertir recursos en la transformación de este complejo judicial y en un plan de capacitación para sensibilizar a los funcionarios judiciales y administrativos que laboran en el edificio.

 

A corto plazo, la entidad también deberá contratar personal de auxilio para la atención de las personas con discapacidad que ingresan a Paloquemao.

 

Estas órdenes se fundamentaron en la jurisprudencia que la Corte ha cimentado sobre la protección especial que merecen los discapacitados, tanto del Estado como de los particulares.

 

Lo singular del caso es que esta vez se les aplicó a quienes se encargan de impartir justicia.

 

(C. Const., Sent. T-553, jul. 7/11, M. P. Jorge Pretelt Chaljub)

 

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