General
Dudas sobre condición de población desplazada deben resolverse a su favor
15 de Agosto de 2012
En virtud del principio de buena fe, toda duda sobre la condición de desplazado por la violencia debe ser resuelta a favor de quienes alegan esa situación, debido a su relación especial de sujeción con el Estado.
Por lo tanto, no basta con probar que en las declaraciones de los desplazados se evidencian contradicciones, para negar su inclusión en el Registro Único de Población Desplazada (RUPD), advirtió el Consejo de Estado.
La Sección Segunda recordó que el RUPD no es el instrumento que determina la condición de desplazado, pues esta situación se configura con el cumplimiento de las circunstancias previstas en la ley.
Además, indicó que la mayoría de las personas desplazadas provienen de ambientes en los que se les ha educado en una especie de “temor reverencial” hacia las autoridades públicas. De ahí que, al momento de rendir un testimonio, “el grado de espontaneidad y claridad con el que podrían hacerlo se reduce considerablemente”, señaló la Sección.
Con estos argumentos, la corporación confirmó el amparo de los derechos fundamentales de una mujer víctima de desplazamiento y ordenó su inclusión en el RUPD.
(Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia 76001233100020120030601 (AC), mayo 9/12, C. P. Bertha Lucía Ramírez)
Opina, Comenta