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Derecho al debido proceso no protege de la posibilidad de ser vencido
El éxito esperado por los sujetos procesales puede frustrarse por varias razones que no comportan la violación de este derecho.Openx [71](300x120)
19 de Julio de 2013
El solo hecho de haber obtenido un resultado adverso en un determinado asunto no puede considerarse una vulneración al debido proceso, afirmó la Corte Constitucional.
Si bien tal derecho fundamental garantiza que el proceso y el fallo adoptado sean justos, no protege de la posibilidad de ser vencido, explicó la corporación.
En efecto, el éxito esperado por los sujetos procesales puede frustrarse por varias razones que no comportan la violación de aquel derecho, como el cumplimiento de las normas aplicables al caso, la contundencia de las pruebas de la contraparte y la actuación del interesado, concluyó.
El magistrado Alberto Rojas aclaró el voto.
(C. Const., Sent. T-291, mayo 21/13, M. P. Nilson Pinilla)
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