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¿Cuándo se puede cancelar un contrato de servicios de telecomunicaciones?
14 de Marzo de 2016
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) reseñó cinco causas por las que se puede cancelar un contrato de servicios de telecomunicaciones (internet fijo, internet móvil, telefonía móvil, telefonía fija y/o televisión por suscripción):
· Indisponibilidad del servicio:
El usuario tiene derecho a que los servicios de telecomunicaciones sean prestados de manera continua, eficiente y cumpliendo con las condiciones de calidad mínimas. Cuando el proveedor supera los límites de indisponibilidad que le son permitidos, dicha falta es la que da lugar a que el usuario pueda recibir automáticamente una compensación o a terminar el contrato, incluso sin pagar los valores asociados a la cláusula de permanencia mínima.
· Aumento no autorizado en el contrato:
El operador no puede modificar el contrato sin la autorización del usuario. Esto implica que no puede cobrarte servicios que no haya aceptado, pues si lo hace puede terminarse el contrato, en este caso tampoco está obligado a pagar los valores asociados a la cláusula de permanencia mínima.
· Cambios en los servicios sin previo aviso:
En ningún caso el proveedor puede cambiar el plan que eligió el usuario o ubicarlo en uno que no haya aceptado. En este sentido, la comisión recomienda leer con detenimiento todas las comunicaciones que el proveedor envíe y/o escuchar con atención las ofertas que le hagan.
· Cláusulas de permanencia no autorizadas:
El único que puede elegir entre contratar la prestación de servicios de telecomunicaciones con o sin cláusula de permanencia mínima es el usuario. En el caso de los servicios de telecomunicaciones móviles, la entidad recuerda que las cláusulas de permanencia mínima están prohibidas para dichos servicios. Para el caso de internet y telefonía fija, todavía se pueden pactar cláusulas de permanencia mínima, pero solo cuando se ofrezcan planes que financien o subsidien el cargo por conexión, equipos o descuentos en el plan.
· Decisión del usuario.
La CRC señala que el usuario es el que elige qué servicio quiere contratar, con quién quiere hacerlo y cuál es el plan o paquete que quiere comprar. “Esta elección es importante para que coincidan las necesidades con las decisiones de consumo, sobre el operador que le presta el servicio, el servicio mismo y el valor a pagar”, agrega la comisión.
Sin embargo, la CRC advirtió que aunque todos los usuarios tienen derecho a terminar el contrato en cualquier momento, este conserva la obligación de pagar las sumas que deba al proveedor y las demás obligaciones que se hayan pactado en el contrato.
(Comisión de Regulación de Comunicaciones, Comunicado, Mar. 10/16)
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