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Corte pide informe sobre cumplimiento de consulta previa a comunidades nariñenses desplazadas
18 de Febrero de 2013
La Corte Constitucional pidió información sobre los planes adoptados por el Gobierno para cumplir con la orden de garantizar el derecho a la consulta previa de 14 comunidades afrodescendientes de Nariño, víctimas del desplazamiento forzado.
La corporación solicitó precisar cómo se ha gestionado la capacitación de los pobladores y los espacios académicos y comunales para propiciar el cumplimiento de esta garantía constitucional.
Así mismo, pidió que se definan los avances en el cumplimiento de la orden de diseñar e implementar medidas para garantizar que esta población reciba atención humanitaria de emergencia de manera integral, oportuna y completa, respetando los criterios de especificidad cultural aplicables.
De otro lado, requirió un balance sobre la puesta en marcha de la “ruta étnica” propuesta por Acción Social en el proyecto de protección de tierras y patrimonio.
Vale la pena recordar que en el Auto 005 del 2009, la Corte destacó la necesidad de adoptar un enfoque diferencial para la prevención, protección y atención de las comunidades afrodescendientes víctimas del desplazamiento forzado.
Según el alto tribunal, al analizar la situación en la que se encuentran estas comunidades, se constató que no son tratadas de acuerdo con su estatus de sujetos de especial protección constitucional.
Además, advirtió que la política pública de atención a la población desplazada “carece de un enfoque integral de atención diferencial a la población afrocolombiana en situación de desplazamiento, que sea sensible a los riesgos especiales que sufren, a los factores transversales que inciden en el desplazamiento y el confinamiento de esta población y los riesgos particulares que impactan de manera desproporcionada en sus derechos”.
(Corte Constitucional, Auto 012 (T-025 /04), feb. 4/13, M. P. Luis Ernesto Vargas Silva)
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