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Copias de registros civiles requeridas en trámites judiciales no generan derechos notariales

La Superintendencia de Notariado y Registro acogió un concepto rendido en el 2008 por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado.
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07 de Abril de 2011

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Las copias de los registros civiles que piden los jueces, los fiscales, las comisarías y defensorías de familia, los funcionarios de policía judicial y las entidades de control para establecer las pruebas necesarias en los procesos están exentas del pago de derechos notariales.

 

Así lo advirtió la Superintendencia de Notariado y Registro, en una circular remitida a los notarios, que acoge un concepto rendido en el 2008 por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado.

 

La entidad recordó que la Resolución 330 del 2009 de la Registraduría Nacional del Estado Civil solo exoneró del cobro de esos derechos a la inscripción en el registro civil de nacimiento, su primera copia y la destinada a expedir la cédula de ciudadanía por primera vez. 

 

Sin embargo, en el marco de la cooperación armónica entre entidades del Estado, las requeridas por las autoridades judiciales y administrativas tampoco tendrán que pagar los 5.450 pesos que, actualmente, cobran los notarios por la expedición de dichas copias.

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