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Consejo de Estado definirá si es posible reconocer el incentivo de las acciones populares
28 de Abril de 2011
El Consejo de Estado le pondrá fin a la incertidumbre sobre la posibilidad de reconocer el incentivo económico de las acciones populares presentadas antes de que entrara en vigencia la Ley 1425 del 2010.
A finales de marzo, el alto tribunal seleccionó una acción popular para revisión, con el objetivo de unificar la jurisprudencia de dos de sus secciones, que han adoptado posiciones contradictorias frente al tema.
En enero, la Sección Primera ordenó reconocer el incentivo, a pesar de que la Ley 1425, que lo eliminó, fue promulgada el 29 de diciembre del año pasado.
Días después, la Sección Tercera anunció que las acciones populares que estaban en curso en los despachos judiciales no obtendrían el beneficio económico, porque, después del 29 de diciembre, las normas que lo consagraron quedaron derogadas.
Ahora, las posiciones serán estudiadas, en el marco de la revisión de una acción popular promovida contra un acuerdo del Concejo Municipal de Pensilvania (Caldas) que fijó los elementos del cobro del impuesto de alumbrado público.
En el mismo caso, el Consejo aclarará si el reconocimiento del incentivo puede condicionarse a la asistencia del actor popular a la audiencia del pacto de cumplimiento.
(C. E., Secc. Tercera, Auto 17001333100120090148901 (AP) REV, mar. 23/11, C. P. Jaime Orlando Santofimio)
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