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Adopción no es un derecho, afirma la Procuraduría
27 de Agosto de 2012
La Procuraduría General de la Nación le pidió a la Corte Constitucional que se inhiba de emitir un pronunciamiento de fondo en la demanda contra la expresión “moral” contenida en el artículo 68 del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 del 2006), que exige idoneidad moral para adoptar.
La acción pretende un pronunciamiento de la Corte sobre el derecho a adoptar que tendrían las parejas del mismo sexo.
Según la Procuraduría, ya existe un pronunciamiento sobre la norma en la Sentencia C-814 del 2001. Además, advirtió que la demanda no está suficientemente argumentada.
La entidad señaló que los problemas de orfandad y, en general, las graves violaciones a los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Colombia no se derivan ni podrían derivarse de que se exija la idoneidad moral de los adoptantes.
“Si se eliminara la expresión demandada del artículo 68 del C.I.A, entonces obviamente deberá entenderse que todas las personas podrían adoptar independientemente de su conducta moral, lo cual significaría desconocer el derecho a la integralidad moral de los niños, niñas y adolescentes y no resolvería, en forma alguna, los problemas de los niños en condiciones de adoptabilidad de nuestro país”, afirma la Procuraduría.
Para el Ministerio Público, ni la Constitución ni la ley permiten la adopción por parte de parejas homosexuales. Además, señaló que no existe el derecho a adoptar, por lo que no se puede afirmar que “negarle a las parejas homosexuales esta posibilidad supone una discriminación o la vulneración de sus derechos fundamentales”.
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