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25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

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ABOGADOS: Esto deben saber para que el juez precise o aclare una sentencia

09 de Octubre de 2019

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El  Consejo de Estado precisó, en relación con la figura de la aclaración, que es una herramienta prevista por el legislador para que las partes, en los precisos y específicos eventos establecidos por la norma procesal, examinen si las providencias dictadas en un proceso (autos y sentencias) ameritan una precisión, al advertirse que alguna frase contenida en ella “ofrezca verdadero motivo de duda”.

 

Afirmó que este instrumento tiene una limitación que se restringe a precisas situaciones de procedencia y, por lo mismo, se descarta que en su formulación se pueda cuestionar el reproche o examen sobre aquello que ya se resolvió.

 

Dicha conclusión, agrega el alto tribunal, en tanto la aclaración no constituye ni un recurso ni una instancia adicional. (Lea: Excluyen a abogado de la profesión por aprovecharse del bajo grado de escolaridad de su cliente)

 

Señaló que, de conformidad con el artículo 285 del Código General Proceso, la aclaración opera frente a autos y sentencias, únicamente cuando:

 

  1.                     Se aprecien frases que ofrecen verdadero motivo de duda, esto es, que no cualquier alegación es posible de atenderse.

 

  1.                    Que la frase esté contenida en la parte resolutiva y

 

  1.                  Si no está en la parte resolutiva, debe influir en ella.

 

Finalmente, la Sección Primera reiteró que “los conceptos o frases que dan lugar al ejercicio de dicho mecanismo no son los que surgen de las dudas que las partes aleguen acerca de la oportunidad, veracidad o legalidad de las afirmaciones del sentenciador, sino aquellos provenientes de redacción ininteligible, del alcance de un concepto o de una frase y en concordancia con la parte resolutiva del fallo(C. P. Nubia Margoth Peña).

 

Consejo de Estado Sección Primera, Auto 200900608, Jun. 13/19.

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