Ternas para alcaldías locales de Bogotá deben incluir, al menos, una mujer (11:53 a.m.)
05 de Marzo de 2012
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Nota:
79484
Luego de analizar varios fallos del Consejo de Estado, entre ellos la Sentencia 4136 del 2006, según la cual la conformación de ternas de candidatos debe incluir al menos a una mujer, la Alcaldía Mayor de Bogotá concluyó que hay un vacío en el mecanismo de integración de ternas a nivel local previsto en el artículo 16 del Decreto Distrital 11 del 2008 y decidió adicionarlo. Así las cosas, según el Decreto 84 del pasado 1° de marzo, si la terna no queda conformada con, al menos, una mujer, como lo exige la Ley 581 de 2000, o se presenta un empate que no permita tomar una decisión de la conformación, se procederá a repetir el mismo mecanismo de votación tantas veces como sea necesario.
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