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Reiteran que las autoridades deben prestar oficiosamente la vigilancia de funcionarios en peligro por el desempeño de sus funciones (11:37 a.m.)

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06 de Septiembre de 2011

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La razón de ser de las autoridades públicas, y en particular de la Policía y el Ejército Nacional, la constituye la defensa de todos los residentes en el país y el cumplimiento de los deberes sociales del Estado, por lo que omitir el cumplimiento de esas funciones compromete su responsabilidad institucional . Así lo señaló el Consejo de Estado al condenar a la Nación – Ministerio de Defensa a pagar más de $ 900 millones a los familiares del exalcalde del municipio de Jambaló (Cauca), asesinado por guerrilleros del ELN en 1996. La Sección Tercera explicó que aunque no hubo una denuncia formal presentada por el funcionario ante las autoridades, para poner en conocimiento las amenazas en contra de su vida o para pedir protección especial con el fin de que le brindaran seguridad, se probó que “la Policía y el Ejército tenían conocimiento de la situación de violencia generalizada en la región, lo cual ameritaba que oficiosamente estas instituciones brindaran protección de manera especial” (C. P. Mauricio Fajardo).

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