Regulan medidas para otorgar el registro sanitario de bebidas alcohólicas fabricadas y comercializadas por microempresarios
19 de Octubre de 2020
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Nota:
118339
El Ministerio de Salud reguló el otorgamiento del registro sanitario de bebidas alcohólicas por parte del Invima a los microempresarios que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen bebidas alcohólicas en el territorio nacional. Así, por ejemplo, se podrán amparar varias bebidas alcohólicas fabricadas bajo un mismo registro sanitario, siempre y cuando corresponda a la misma clasificación del producto, con igual marca comercial y que el establecimiento donde se fabrique cuente con el certificado de BPM. El registro sanitario que expida el Invima tendrá un periodo de vigencia de cinco años, contado a partir de la firmeza del acto administrativo que lo otorgue, el cual será renovable por una sola vez. De igual manera, determinó disposiciones relacionadas con los plazos para la obtención del certificado de buenas prácticas de manufactura - BPM ante esa entidad. Esta norma empieza a regir un mes después a la fecha de su publicación y adiciona en lo pertinente al Decreto 1686 del 2012.
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