Procedimiento para crear regiones administrativas y de planificación está establecido en la Ley de Ordenamiento y es competencia de los departamentos (12:30 p.m.)
27 de Diciembre de 2011
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Nota:
78175
El Consejo de Estado recordó que con la entrada en vigencia de la Ley de Ordenamiento Territorial (Ley 1454 del 2011) se estableció un procedimiento especial para viabilizar la constitución de regiones administrativas y de planificación (RAP) y estimula e incentiva la distribución de competencias entre la Nación y dichas entidades. La Sala de Consulta y Servicio Civil explicó que las RAP son instancias de integración territorial de origen departamental que dan lugar a personas jurídicas de derecho público de naturaleza asociativa del orden territorial. En respuesta al Ministro del Interior, la Sala dijo que la consulta popular surtida el año anterior y que recibió 2.5 millones de votos para crear la Región Caribe no es válida para tal propósito, pues la ley fija la competencia directa a los departamentos para conformar las RAP y establece el procedimiento a seguir, dentro del cual no se encuentra la celebración de una consulta previa (C. P. Augusto Hernández Becerra).
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