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Actualizado hace 22 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Precisan alcances de la doble militancia en elecciones regionales del 2011 (4:00 p.m.)

18 de Febrero de 2013

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Nota:
86881
El Consejo de Estado concluyó que la figura de la doble militancia no aplica para integrantes de grupos sin personería jurídica que aspiraron a cargos públicos en las elecciones regionales celebradas el 30 de octubre del 2011. La Sección Quinta sostuvo que cuando se inició el periodo de inscripción de candidatos para esta contienda, el 8 de febrero del 2011, no había entrado en vigencia la Ley 1475, que en su artículo 2º se refiere a la inhabilidad por doble militancia para quienes, perteneciendo a un movimiento sin personería jurídica, no hubieran renunciado a sus cargos en corporaciones públicas durante los 12 meses anteriores a la elección. Con estos argumentos, la Sala ratificó la validez de la elección del actual gobernador del Magdalena, Luis Miguel Cotes, demandada por no haber renunciado a su curul como diputado antes del 30 de junio del 2011 y haber aspirado a la jefatura de la administración departamental en nombre de un grupo político distinto. Los magistrados Susana Buitrago y Alberto Yepes anunciaron su propósito de aclarar el voto (C. P. Mauricio Torres).

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