Pérdida de investidura de congresista imposibilita para volver a aspirar a cargos de elección popular (10:10 a.m.)
25 de Septiembre de 2012
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Nota:
84219
Cuando un congresista pierde su investidura se aplican las consecuencias constitucionales y legales previstas para estos casos, en especial, la separación del cargo y la imposibilidad de volver a aspirar en el futuro a cargos de elección popular, señaló el Consejo de Estado en respuesta a una consulta elevada por el Ministerio del Interior. El concepto, emitido en el 2008, fue autorizado recientemente y recordó que la severidad del régimen de pérdida de investidura, que es correlativa a la confianza depositada en el congresista cuando es elegido, se refleja en que constituye la máxima sanción político disciplinaria, pues implica para el afectado no solo la separación del cargo (declarada por la autoridad judicial), sino la inhabilidad “a perpetuidad para ejercer cargos de elección en el futuro”. Señaló la Sala de Consulta y Servicio Civil que la medida representa una restricción fundamental y definitiva del derecho a ser elegido (C. P. William Zambrano Cetina).
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