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Pérdida de competencia de las asambleas departamentales para fijar el régimen salarial de los empleados territoriales se dio solo a partir de 1968 (11:42 a.m.)

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10 de Abril de 2012

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La Constitución Política de 1886, antes de ser modificada por el Acto Legislativo de 1968, facultaba a las asambleas departamentales para crear elementos salariales a favor de empleados al servicio del departamento, señaló el Consejo de Estado. Según la Sección Segunda, la Ordenanza 01 de 1967, expedida por la Asamblea Departamental de Antioquia, y mediante la cual se crearon unas primas extralegales a favor del personal docente en ese departamento, adicionales a la asignación mensual, se sujetó a las normas vigentes del momento de su expedición. La Sala recordó que el cambio de competencia para fijar el régimen salarial de los empleados territoriales se dio a partir del año de 1968, situación que se consolidó definitivamente con la entrada en vigencia de la Constitución de 1991 (C. P. Gustavo Eduardo Gómez).

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