Pago de ingreso solidario debe realizarse coordinadamente entre quien ordena el gasto y quien realiza la lista
02 de Febrero de 2021
La Sección Segunda del Consejo de Estado precisó que la labor de creación de la Base Maestra de Información para los beneficiarios de Ingreso Solidario la realiza el Departamento Nacional de Planeación con la información que repose en el Sisbén y en los registros de varias entidades, entre ellas, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Por lo anterior, el pago de este ingreso debe realizarse de manera coordinada entre quien ordena el gasto y quien realiza la lista. (Lea: Transferencias del programa Ingreso Solidario están exentas del gravamen a los movimientos financieros).
En este orden de ideas, la corporación enfatizó que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público debe cumplir las funciones que la ley y los reglamentos dispongan para lograr la efectividad del amparo constitucional otorgado a los beneficiarios.
Por su parte, el Departamento Nacional de Planeación deberá actuar según su competencia, sin que se le impongan trabas administrativas adicionales.
El fallo recordó que el 11 de marzo del 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el actual brote de enfermedad por coronavirus (covid-19) como una pandemia, esencialmente por la velocidad de su propagación y la escala de trasmisión. (Lea: Gobierno Nacional crea el Programa Ingreso Solidario).
Y en atención a lo anterior, el Presidente, mediante Decreto 417 del 2020, declaró el Estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional, por el término de 30 días calendario y anunció la adopción de decretos legislativos con las medidas necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos (C. P. Gabriel Valbuena Hernández).
Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia 25000231500020200159901 (AC), Jun. 25/20.
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