Órdenes de prestación de servicios deben acatar el régimen de contratación estatal (8:40 a.m.)
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04 de Septiembre de 2012
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La Sección Segunda del Consejo de Estado afirmó que las órdenes de prestación de servicios están sometidas al régimen de contratación estatal. En consecuencia, quienes las suscriban deben respetar las normas que consagran las inhabilidades e incompatibilidades para acceder a un cargo de elección popular, señaló. Por otro lado, el alto tribunal advirtió que todo lo que no esté expresamente regulado en el procedimiento disciplinario verbal debe ser tramitado por las reglas del proceso ordinario, siempre y cuando no se altere la naturaleza del primero (C.P. Luis Rafael Vergara).
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