Oficiales del cuerpo de custodia y vigilancia del Inpec no tienen fuero sindical (8:40 a.m.)
26 de Septiembre de 2012
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Nota:
84190
Los oficiales del cuerpo de custodia y vigilancia del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) ejercen funciones de mando, dirección y administración en relación con los servicios de orden, seguridad y disciplina en los establecimientos de reclusión, por lo que se trata de servidores públicos exceptuados de la garantía de fuero sindical, en los términos del parágrafo 1° del artículo 12 de la Ley 584 del 2000. Así lo afirmó la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en respuesta a una consulta elevada por el entonces Ministerio del Interior y de Justicia. En todo caso, señaló que los demás integrantes de este cuerpo no están excluidos de esta protección. Frente a estos, el alcance del fuero sindical es el indicado en el artículo 405 del Código Sustantivo del Trabajo, esto es, no pueden ser despedidos ni desmejorados en sus condiciones de trabajo, ni trasladados a otros establecimientos del instituto o a un municipio distinto, sin justa causa previamente calificada por el juez laboral. Adicionalmente, para la toma de cualquiera de estas decisiones se requiere de acto administrativo motivado (C.P. Gustavo Aponte Santos).
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