Modifican valor de la contraprestación periódica a cargo de operadores postales (3:20 p.m.)
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15 de Junio de 2012
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A través del Decreto 1218 del 2012, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones modificó el valor de la contraprestación periódica a cargo de los operadores postales que debe girarse al Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Ahora será equivalente al 2,7 % de los ingresos de los prestadores de servicios postales correspondientes al trimestre inmediatamente anterior a la fecha de pago. Esta disposición se aplicará a partir del 1º de julio de este año.
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