Minvivienda hace ajustes a causales de terminación de la cobertura de tasa de interés
04 de Noviembre de 2020
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Nota:
118131
El otorgamiento de periodos de gracia o prórrogas en capital e intereses y/o la aplicación de cualquier medida para la redefinición o modificación de las condiciones, tales como aumentos de los montos o saldos de las obligaciones o ampliaciones del plazo, en los créditos para adquisición de vivienda o contratos de leasing habitacional que cuenten con el beneficio de cobertura de tasa de interés, que se pacten entre los beneficiarios y la respectiva entidad en el marco de las instrucciones impartidas por la Superintendencia Financiera mediante circulares externas 007, 014 y 022 del 2020, no se entenderá como causal de terminación anticipada de la cobertura, según el decreto 1420 del 2020. Esta norma también incluye medidas que garantizan que no se genere un costo fiscal adicional al ya estimado para el pago de cada una de estas coberturas. Por último, se hace una nueva modificación teniendo en cuenta lo instruido por la Superfinanciera mediante la Circular Externa 022 del 2020.
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