14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


A la jurisdicción de paz no se le aplican las normas del Código Disciplinario Único: Consejo Superior (10:16 a.m.)

03 de Diciembre de 2012

Reproducir
Nota:
84900
Tras analizar el alcance y ámbito de funciones de los jueces de paz, el Consejo Superior de la Judicatura concluyó que no se ciñen a los de otros operadores judiciales, ya que son particulares que administran justicia en equidad y no ostentan la calidad de servidores públicos. Por tanto, a los jueces de paz no se les debe aplicar el catálogo de faltas consagradas, ni formular pliego de cargos o sancionar según el Código Disciplinario Único (Ley 734 del 2002), por no consultar la voluntad del legislador ni el precedente jurisprudencial sobre la materia (M.P. Julia Emma Garzón de Gómez).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)