Juez puede incurrir en el delito de prevaricato por omisión sin importar la magnitud de la diligencia dejada de practicar (11:38 a.m.)
05 de Octubre de 2011
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Nota:
76503
La grave omisión de dar cumplimiento a una diligencia judicial, por más sencilla o simbólica que sea, configura la realización de la conducta tipificada en la ley penal como delito de prevaricato por omisión. Así lo señaló el Consejo Superior de la Judicatura al sancionar a una juez civil municipal de Cali por irregularidades y mora en un trámite que le fue encomendado para imponer medida cautelar sobre el 6.82% de una casa ubicada en esa ciudad. La omisión de los deberes conlleva a la imputación de una falta gravísima que debe endilgársele a título de dolo porque “la juez conocía sus deberes, tenía plena capacidad de aprehenderlos desde el momento mismo de su posesión y estaba en posibilidad de cumplir el mandato deferido, pero se rehusó a la administración de justicia en tanto dilató, con su desleal comportamiento, un trámite ejecutivo por más de cinco años”, precisó la sentencia (M. P. Ovidio Claros).
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