Inhabilidad para ser concejal surgida por el parentesco no excluye la unión permanente (8:15 a.m.)
23 de Julio de 2014
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Nota:
61843
Las inhabilidades por parentesco para ser elegido concejal no solo cobijan a quienes estén vinculados por matrimonio sino también para los que estén en unión permanente, resaltó el Consejo de Estado. De ahí que quienes estén emparentados con personas que hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar dentro de la jurisdicción que aspiran a representar, dentro de los 12 meses anteriores a la elección, incurran en la causal. Lo anterior porque así lo impone el artículo 40 de la Ley 617 del 2000. Una aplicación contraria de la norma, dice, estaría fundada en una concepción del origen familiar marcado por la discriminación (C. P. Marco Antonio Velilla).
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