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Imparten instrucciones para el nombramiento de jefes de control interno de entidades públicas (2:01 p.m.)

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10 de Agosto de 2011

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Con motivo de la expedición de la Ley 1474 del 2011 (Estatuto Anticorrupción), el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) acaba de hacer unas precisiones sobre el nombramiento de los jefes de control interno o quien haga sus veces en las entidades públicas. En las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, la designación le compete al Presidente de la República y en las del orden territorial, a la máxima autoridad administrativa (alcalde o gobernador). En el nivel nacional, el empleo continúa clasificándose de libre nombramiento y remoción y en el territorial, de periodo fijo de cuatro años, que comienza en la mitad del periodo del mandatario regional. Para ajustar este periodo, los responsables del control interno que estuvieren ocupando el cargo al 31 de diciembre del 2011 permanecerán en sus cargos, hasta que el gobernador o alcalde designe al nuevo funcionario, precisa la Circular Externa 100-02 del 5 de agosto.

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