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Hospitales de segundo nivel deben prestar directamente o a través de convenio la atención que requieran sus pacientes (11:20 a.m.)

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25 de Julio de 2011

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El Consejo de Estado condenó al Instituto de Seguros Sociales a responder patrimonialmente por el fallecimiento de una joven de 19 años, que murió cuando daba a luz a su primer hijo. La Sección Tercera señaló que fueron las fallas en el servicio las causantes de la muerte de la joven y destacó que los centros de salud que están clasificados en el nivel dos están obligados a prestar, directamente o a través de convenio, la atención médica general y especializada y los exámenes que los pacientes requieran. Según la providencia, la paciente no fue examinada a tiempo por los especialistas que su estado requería y tampoco contó con los equipos que se necesitaban para su adecuada atención. Además, al no contar con unidad de cuidados intensivos ni un respirador para atender a la paciente, bien pudo ser remitida a una institución de tercer nivel (C. P. Danilo Rojas).

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