Función Pública regula competencias y requisitos específicos para el cargo de jefe de oficina, asesor o auditor de control interno
09 de Julio de 2020
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Nota:
116643
El Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) adicionó el Capítulo 8 al Título 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 del 2015, en lo relacionado con las competencias y requisitos específicos para el empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial, según detalla el cuadro definido en la norma. La evaluación de competencias de los aspirantes a ocupar los citados cargos será adelantada por el DAFP, entidad que le informará al presidente de la República si el aspirante cumple o no con las competencias requeridas, de lo cual dejará evidencia. En el nivel territorial, se deberán evaluará las competencias por la misma entidad, o con la asesoría de entidades especializadas en la materia o con la Función Pública.
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