Fiscal General está constitucionalmente habilitado para otorgar funciones de policía judicial, de manera transitoria, a las comisarías de familia (10:28 a.m.)
03 de Agosto de 2012
Reproducir
Nota:
83255
El Consejo de Estado señaló que el Fiscal General de la Nación puede asignar, de manera transitoria, funciones de policía judicial a las comisarías de familia, debido a que estas tienen naturaleza de entes públicos y cumplen funciones policivas permanentes con el propósito de proteger a los menores. Por tal razón, la Sección Primera negó la solicitud de nulidad de la Resolución 3604 del 2006, de la Fiscalía General, mediante la cual se otorgaron, transitoriamente, funciones de policía judicial a las comisarías de familia del país. Según el demandante, la medida no corresponde con la razón de ser y la naturaleza de las comisarías de familia. Sin embargo, la Sala explicó que son solo en cuatro eventos en los cuales se les permite ejercer esa función: recibir denuncias, querellas e informes; realizar entrevistas; realizar inspecciones en el lugar de los hechos o en otros y obtener documentos que requiera el fiscal. Señaló además que “la facultad de otorgar funciones de policía judicial por parte del Fiscal General a entes públicos es de naturaleza constitucional, y el texto superior no establece excepciones sino en cuanto a las entidades a las que pueden otorgarse las funciones” (C. P. María Claudia Rojas Lasso).
Opina, Comenta