Fijan criterios para el procedimiento administrativo sancionatorio de Migración Colombia
29 de Octubre de 2020
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Nota:
118175
Con la Resolución 2357 del 2020, el Gobierno definió los criterios aplicables al procedimiento administrativo sancionatorio que adelanta la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en concordancia el procedimiento sancionatorio definido en la Ley 1437 del 2011 y el Manual de procedimientos de verificación migratoria adoptado por la entidad. Los reportes de vinculación, contratación, empleo, admisión, matrícula, desvinculación, retiro, ingreso, alojamiento y hospedaje, atención médica de hospitalización o urgencias, realización de espectáculos artísticos, culturales o deportivos dentro del territorio nacional, y del transporte nacional e internacional de extranjeros se realizarán a través del Sistema de información para el reporte de extranjeros (SIRE). Para conocer más detalles puede consultar el archivo adjunto a esta norma.
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