Extra Este es el nuevo Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos (8:30 a.m.)
03 de Octubre de 2012
Reproducir
Nota:
84603
El Presidente de la República sancionó la ley que contiene el nuevo Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos. Se trata de una norma que remplaza una serie de decretos de 1970, moderniza el pago de los servicios registrales y permite la radicación de documentos a través de medios electrónicos. Además, le da un plazo de cinco años a la Superintendencia de Notariado para que sistematice toda la información del antiguo sistema de registro. Por otra parte, establece la carrera registral, para que los futuros registradores de instrumentos públicos accedan a ella mediante concurso de méritos. Una de las novedades de la propuesta es que será posible la apertura de folios de matrícula inmobiliaria para predios baldíos. De esta manera, el Incoder o el Ministerio de Ambiente podrán expedir los actos administrativos que permitan la apertura de matrícula inmobiliaria de predios baldíos a nombre de la Nación. La ley tiene vigencia inmediata y deroga los decretos 1250, 1975, 2156 y 2157, todos de 1970.
Opina, Comenta