Establecen medidas de protección al consumidor del servicio de ‘roaming’ internacional (4:25 p.m.)
21 de Agosto de 2013
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Nota:
90679
Los usuarios tendrán la opción de elegir libremente el tiempo que durará la activación del roaming internacional y su límite de gasto, así como establecer límites de consumo diarios o mensuales y, de manera expresa y en acto separado, de aceptar planes sin límite de gasto, determinó la Comisión de Regulación de Comunicaciones en la Resolución 4295. Así mismo, la norma indica que el operador deberá informar al usuario la posibilidad que tiene de elegir dichos límites, en términos de tiempo de activación como de gasto. Durante el tiempo de prestación del servicio, también deberá enviar diariamente al usuario un mensaje corto de texto (SMS) en el que le informe el consumo en pesos colombianos y el saldo disponible, y enviará alertas cuando el uso llegue al 80 % del límite elegido. Es importante destacar que los operadores móviles solo podrán activar dicho servicio si existe solicitud previa y expresa del usuario que celebró el contrato, a través de cualquier mecanismo de atención al usuario.
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