Escisión de ministerios no modifica la competencia para liquidar contratos en cabeza del organismo que los suscribió (8:00 a.m.)
18 de Julio de 2013
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Nota:
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Frente a la escisión del Ministerio del Interior y de Justicia, los contratos que ya se ejecutaron y solo se encuentran para liquidar son competencia del organismo que los suscribió, señaló la Sala de Consulta del Consejo de Estado. El caso en estudio, se trataba de un conflicto negativo de competencias que surgió por los efectos particulares del artículo 35 del Decreto 2897 del 2011, sobre el conocimiento de los contratos que ya se venían ejecutando y a los que solo les faltaba su liquidación. El alto tribunal definió que estos quedan al margen de la subrogación ordenada, de tal forma que la competencia se mantiene en el organismo que los suscribió (C. P. William Zambrano Cetina).
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