Entidades territoriales no pueden fijar el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos (4:21 p.m.)
29 de Agosto de 2011
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Nota:
75541
Las asambleas departamentales y los concejos municipales y distritales no pueden establecer el régimen salarial y prestacional de sus empleados, pues la Constitución les concedió esa facultad exclusivamente al Congreso y al Presidente de la República, indicó la Sección Segunda del Consejo de Estado. En sentencia del pasado 30 de marzo, la Sección aclaró que la potestad dada a las asambleas y los concejos para regular las escalas salariales sirve para determinar los grados de las categorías de empleos y no para crear factores salariales. La corporación revocó una sentencia en la que el Tribunal Administrativo de Medellín le reconoció al demandante el derecho al pago de una prima de transporte y manutención, por considerar que se basó en acuerdos expedidos en 1975 que contradecían la competencia establecida tanto en la Constitución anterior como en la vigente (C.P. Víctor Hernando Alvarado).
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