Entidades públicas de Bogotá deberán conformar comités de convivencia laboral (11:10 a.m.)
21 de Septiembre de 2012
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Nota:
84270
Independientemente de la existencia de una comisión de personal en las entidades públicas de Bogotá, se conformará un comité de convivencia laboral, para que asuma la resolución de conflictos de acoso laboral previstos en la Ley 1010 del 2006, el cual tendrá una duración de dos años contados a partir de la comunicación de elección y/o designación de sus miembros. Así lo estableció la Alcaldía de Bogotá, a través del Decreto 437 del pasado 19 de septiembre, por el cual modificó el Decreto 515 del 2006, sobre protección laboral para servidores distritales.
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