Entidad pública no puede pactar descuentos al contratista para pagar aportes en salud y pensión (3:50 p.m.)
04 de Octubre de 2012
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Nota:
84537
Las entidades públicas no pueden pactar con sus contratistas la posibilidad de descontarles de los honorarios el valor a pagar por aportes en salud y pensión, pues no existe ninguna disposición tanto del sistema de seguridad social como del Estatuto General de Contratación Pública que lo permita, indicó el Ministerio de Salud. Por el contrario, el artículo 9º del Decreto 2800 del 2003 establece la posibilidad de descontar el aporte en riesgos profesionales.
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