El demandante no está obligado a establecer IBL, pues es deber del juez laboral (10:45 a.m.)
19 de Junio de 2013
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Nota:
89416
Sobre los deberes y obligaciones de los jueces laborales, la Corte Suprema de Justicia señaló que, luego de determinado el derecho, el juez está obligado a proceder a su materialización para hacerlo efectivo. En el caso en estudio, la Sala Laboral indicó que no es necesario que en la demanda se indique exactamente el ingreso base de liquidación (IBL), ya que le corresponde al juez definir la norma aplicable y establecerlo conforme con el promedio de salarios sobre los cuales se cotizó (M. P. Carlos Ernesto Molina Monsalve).
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