Deudas menores a 100 salarios mínimos mensuales pueden renegociarse en centros de conciliación gratuitos (9:50 a.m.)
17 de Abril de 2013
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Sin necesidad de un contador, y a través de un trámite sencillo, los deudores pueden presentar solicitudes de insolvencia en las notarías y en los centros de conciliación que autorice el Ministerio de Justicia. Esta es una de las facilidades que ofrece el régimen de insolvencia contenido en el Código General del Proceso (Ley 1564 del 2012) y en el decreto 2677 del 2012, recordó la cartera. Así mismo, resaltó que los deudores en crisis podrán acudir a centros de conciliación gratuitos, que están en los consultorios jurídicos y las entidades públicas (alcaldías y personerías, entre otras) si la suma de sus deudas equivale a menos de 100 salarios mínimos mensuales. Adicionalmente, las solicitudes de conciliación podrán ser dirigidas por estudiantes de consultorios jurídicos cuando los pasivos no superen los 40 salarios. Al día de hoy, el ministerio señala que ha avalado la operación y puesta en marcha de 346 centros de conciliación en Derecho que cuentan con cerca de 20 mil personas capacitadas en métodos alternativos de solución de controversias.
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