Desempeñar cargos administrativos no puede computarse como años de servicio para acceder a la pensión gracia (11:30 a.m.)
18 de Octubre de 2012
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Nota:
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El Consejo de Estado recordó que desempeñar cargos administrativos, incluso en entidades vinculadas con el sector educación, no puede tenerse en cuenta al momento de computarse el tiempo laborado para acceder a la pensión gracia otorgada a los docentes. Así lo señaló la Sección Segunda al confirmar la nulidad de una resolución que negó el reconocimiento de la pensión gracia a una persona que laboró en el centro auxiliar de servicios docentes del departamento del Quindío, pese a que la certificación emitida por la entidad dice que la accionante se desempeñó como docente. La Sala explicó que dichos centros, así como el personal vinculado a los mismos, se encuentran adscritos al Ministerio de Educación. Así las cosas, la accionante se desempeñó en un cargo administrativo y ostentó una vinculación del orden nacional, lo que se contrapone a la finalidad de la pensión gracia y a la normativa que la creó y desarrolló (C. P. Víctor Hernando Alvarado).
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