Derechos de los particulares no pueden verse afectados por las fallas o deficiencias de la administración pública (2:51 p.m.)
16 de Julio de 2012
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Nota:
82178
Un ciudadano en condición de vulnerabilidad no puede soportar la carga que conlleva el restablecimiento de los atributos de la personalidad jurídica ante las fallas y deficiencias de la administración. Así lo señaló la Corte Constitucional al tutelar los derechos a la personalidad jurídica, elegir y ser elegido, debido proceso, salud y seguridad social a una mujer a la cual, por error, se le dio por fallecida y se le canceló su cédula de ciudadanía privándola de la posibilidad de acceder al servicio de salud, pese a estar en estado de embarazo. Según la Sala, existe negligencia y demora de los organismos encargados de resolver su situación, más si se tiene en cuenta que se trata de una persona de bajos recursos y en estado de embarazo que requiere pronta asistencia en su salud, la cual no ha sido satisfecha por la carencia del documento de identidad. Señaló que aunque hay una vía ordinaria para solicitar la corrección y la expedición del documento de identificación, por la consideración de persona de especial protección, se concedió la tutela, pues se están afectando flagrantemente sus derechos y no tiene por qué soportar el error de la administración (M. P. Jorge Iván Palacio Palacio).
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