Demanda de nulidad contra la circular de la Supersalud que reguló el tema de la interrupción voluntaria del embarazo tendrá prioridad (4:47 p.m.)
31 de Agosto de 2012
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Nota:
82689
La Sección Primera del Consejo de Estado admitió la solicitud de la Procuraduría de dar prioridad a la demanda contra la Circular 058 del 2009, expedida por la Superintendencia de Salud (Supersalud), que reguló la prestación del servicio de interrupción voluntaria del embarazo por parte de las entidades prestadoras de salud (EPS). La demanda fue interpuesta por el Hospital San Ignacio de Bogotá. Según la Sección Primera, la medida es procedente debido a que el asunto es de importancia jurídica y controversia social, pues está relacionado con el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia tanto individual como institucional (C. P. María Elizabeth García González).
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